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sábado, 13 de abril de 2013

un fallo del Tribunal Constitucional devuelve al juicio a Santa Cruz y 2mata acciones en contra de Gary Prado" es favorable a los imputados aunque prolonga el juicio una vez más.


Christian Peña Y Lillo H. - cpena@eldeber.com.bo
La sentencia 130/2013 del Tribunal Constitucional ha cambiado el curso del juicio por supuesto terrorismo, donde 39 personas son procesadas, muchas de ellas refugiadas en otros países. El fallo de la máxima instancia judicial nacional ordena que el caso pase a conocimiento del juez natural, vale decir a un juzgador cruceño, y ‘mata’ las acciones que el Tribunal Primero de Sentencia de La Paz, que hasta ayer dirigía el cuestionado proceso, intente realizar en lo futuro.
La determinación constitucional, que en materia jurídica es de cumplimiento inmediato, fue puesta en conocimiento de los procesados ayer en el reinicio del juicio oral. 
El abogado de Gary Prado Salmón, Otto Ritter, presentó ante el juzgado la decisión de los magistrados constitucionales, que aceptaron el pedido de acción de libertad que su defendido planteó en octubre del año pasado, indicando que el tribunal que lleva adelante el juicio vulneró su derecho a la vida y a la salud, y exigiendo que declinen su competencia en el proceso y remitan el caso a un tribunal de sentencia de la capital cruceña.

abogado Ritter de pie y en primer plano Gary Prado su defedido en SC

Una sorpresa
La argumentación de Ritter cayó como un ‘baldazo de agua fría’ en los actores del juicio. Los abogados defensores de los otros imputados exigían que el tribunal presidido por el juez Sixto Fernández se pronuncie sobre el fallo constitucional, mientras que la Fiscalía solicitaba que la audiencia continúe.
Fernández, luego de deliberar por algunos minutos sobre la decisión que asumiría, decretó un nuevo receso en el juico hasta el lunes 22 de abril y no se pronunció sobre la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Constitucional. 
Las conjeturas
Una vez se dio por concluida la audiencia, los comentarios sobre el alcance del fallo constitucional no se hicieron esperar. Ritter afirmó que con esto el proceso debe volver al inicio del juicio, es decir, al momento en que se tomó juramento a las dos jueces ciudadanas que son parte del tribunal junto a los jueces técnicos Sixto Fernández Fernández y Julia Gemio Limachi.
Pero la decisión asumida por los magistrados constitucionales no solo beneficia a Prado, ya que por ser vinculante es de cumplimiento obligatorio en favor de los restantes procesados, que como en el caso de Ronald ‘Chichi’ Castedo ya se sumaron al pedido de Ritter, de que el tribunal deje de conocer el proceso y lo remita a un juzgado local.
Ahora se espera la posición final del tribunal sobre el fallo, aunque es un hecho que debe alejarse de este proceso 
   Otros detalles    

1  La comisión de fiscales, integrada por Sergio Céspedes, Iván Ortiz y Marco Antonio Gutiérrez, pedían que el juicio continúe, restando veracidad al fallo constitucional al que hizo referencia Otto Ritter.
2  Si bien la decisión del Tribunal Constitucional es vista como una victoria jurídica en el proceso, también se observa que si el juicio vuelve al momento en que se tomó juramento a los jueces ciudadanos, el tiempo de detención preventiva de los sindicados se alargará una vez más.  
3  La dirigencia cívica cruceña se adelantó al fallo conocido ayer, ya que pidió, en un comunicado, respetar el juzgado natural y anular el juicio.
   La sentencia     
UNA DECISIÓN CONSTITUCIONAL DE LA SALA TERCERA

1  Se declara ilegal la rebeldía y la orden de aprehensión expedida en octubre de 2012 en contra de Gary Prado Salmón, uno de los 39 procesados por supuesto terrorismo.
2  Conceden la tutela respecto al resguardo de la vida y la salud de Prado, además de ordenar que el tribunal que conoce la causa decline su competencia en el proceso.
3  Ordenan a las autoridades judiciales solicitar, en el plazo máximo de 72 horas, un informe sobre el estado de salud de Prado y su imposibilidad de viajar a otro lugar.